Ignacio Arellano Mora
El espíritu de la Ley de Extinción de Dominio en el Distrito Federal era enajenar bienes presuntamente procedentes de ilícitos para quitarle poder a la delincuencia organizada, pero no afectar a personas que involuntariamente resultaran involucradas en delitos, ni tampoco que perdieran sus propiedades sin ser notificadas personalmente.
Así lo consideró el secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, Nazario Norberto Sánchez, al comentar que es digno de análisis el recurso de inconstitucionalidad que por este hecho interpuso la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, (CDHDF), ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Reiteró que el fallo tendrá que ser respetado porque difícilmente favorecerá a los delincuentes. Dijo que esa opinión poco atinada sólo la pueden manifestar quienes estén en contra de México y algunos ministros católicos.
El legislador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) por el Distrito Federal recordó que él votó en favor de esta Ley en 2008 cuando fue aprobada por la IV Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, y que en ese momento sí se tomó en cuenta la presunción de inocencia de cualquier propietario de un bien inmueble.
“En ese entonces se contemplaba la notificación personal a cualquier propietario de un bien o bienes que estuvieran involucrados en un proceso para demostrar si en realidad pertenecían o no a delincuentes, porque el propósito era debilitar el poder económico de los criminales”, acotó.
Explicó que las quejas por incumplimiento de este requisito al parecer se derivaron de los cambios hechos por la actual legislatura de la ALDF, que, dijo, tenemos entendido fueron sin mala fe y en búsqueda de agilizar la reparación del daño a la víctima.
Nazario Norberto consideró que una vez interpuesto el recurso por la CDHDF ya será SCJN quien determine esta situación, la cual, dijo debe ser acatada sin mayores críticas, porque no podemos pensar que el máximo tribunal falle a favor de delincuentes.
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