Aurora Cordero Pérez
El secretario del Comité Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, diputado federal Francisco Javier Calzada Vázquez, propuso la creación de un Fondo contra Contingencias Epidemiológicas, que permita a las entidades federativas sufragar los costos en los que incurran por la implementación de medidas de mitigación en casos de brotes epidemiológicos o incluso pandemias, tales como la activación de la alerta sanitaria
Lo anterior, a efecto de evitar un impacto mayor en las finanzas públicas, al resarcir el daño económico que se genera en algunos sectores productivos, así como establecer incentivos fiscales a las empresas.
Expresó que actualmente los recursos cuyos objetivos son enfocados a la atención de emergencias, no sirven en su totalidad para los casos actuales o los que se puedan presentar a futuro
Tal es el caso de los Fondos para Prevención de Desastres Naturales, que atiende daños a infraestructura ocasionados por fenómenos naturales perturbadores o se enfocan en disminuir y evitar los efectos destructivos de dichos fenómenos.
Destacó que de modo similar, se encuentra el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, creado en el 2005, cuyo objetivo es garantizar los servicios médicos de alta especialidad y de costo elevado para beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, pero que no considera sufragar los efectos colaterales en epidemias.
Este fondo, al primer trimestre del 2009, cuenta con recursos por 17, 826.8 millones de pesos, de acuerdo al informe Trimestral de Fideicomisos que rinde la Secretaría de Salud.
Precisó que la fuente de recursos para el Fondo contra Contingencias Epidemiológicas que propone sería el 30 por ciento de los ingresos que de acuerdo a la Ley General de Salud se destinan para el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, con lo que se cubriría al menos el 70 por ciento de los costos en que incurran las entidades federativas al implementar medidas de mitigación ante epidemias.
La reforma a los artículos 77 bis y 29 de la Ley General de Salud, así como el artículo 95 y el artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, plantea que la distribución de dichos recursos se haga en un plazo no mayor a un mes, contado a partir de la implementación de las medidas de mitigación.
Se considera gasto catastrófico todos aquellos que deriven de la implementación de medidas de mitigación de las entidades federativas ante contingencias epidemiológicas en conformidad con las alertas sanitarias internacionales que emita la Organización Mundial de la Salud , así como la Secretaria de Salud.
Calzada Vázquez abundó que datos de la Secretaria de Salud precisan que la nueva gripe H1N1, que afecta a nuestro país ha infectado a más de cinco mil personas y ha provocado 97 defunciones.
Puntualizó que los pronósticos de crecimiento económico, consideraron una importante caída del Producto Interno Bruto (PIB) nacional para 2009, ya que se espera que el impacto derivado de esta emergencia sanitaria se vea reflejado en una contracción del uno por ciento.
Los sectores más vulnerables a los impactos de brotes epidemiológicos son: el turismo, transporte público, ventas al por menor, alojamiento y servicios de alimentación, y la industria del entretenimiento.
Por ello expresó que “se requieren mecanismos de respuesta, que aseguren un rápido acceso a recursos económicos, que permitan implementar medidas de mitigación por parte de los gobiernos estatales”.
Sostuvo que el desarrollo de planes de continuidad económica y respaldos por una fuente de recursos importantes, ayudaría a mitigar los efectos económicos y sociales de dichos brotes e incluso podría garantizar la continuidad en la disponibilidad de los recursos básicos para el funcionamiento del país.
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