26 de enero de 2010

Definir al Estado mexicano como laico: Benítez Treviño

Ignacio Arellano Mora

El diputado federal Humberto Benítez Treviño, presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, propuso la reforma al artículo 40 constitucional, a fin de definir al Estado mexicano como laico.

En sesión de trabajo de la Comisión de Puntos Constitucionales, de la cual es integrante, observó que el laicismo es la libertad de convicciones personales y que en él se contempla la separación Estado-Iglesia y la no discriminación entre seres humanos.

El artículo 40 se refiere a la forma de organización de los estados, acotó el legislador mexiquense, quien se pronunció porque en el predictamen que elabora la Comisión de Puntos Constitucionales adicione la palabra “laica”, para quedar como sigue:

“Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal y laica, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una> Federación, establecida según los principios de esta ley fundamental.

Se refirió a la formación del Estado Laico en México. Recordó que el término laico viene desde el siglo de las luces, que ya el constituyente de Filadelfia estableció la separación Estado-Iglesia y que en nuestro país, en diciembre de 1860, Benito Juárez decretó la libertad de culto y la relación con la Iglesia.

El diputado Benítez Treviño dijo que su propuesta no contraviene la Constitución mexicana, dado que se trata de un principio constitucional que emana de las Leyes de Reforma del presidente Juárez.

La definición política del Estado mexicano la tenemos en el artículo 40 constitucional. Adicionémosle la palabra “…y laica”. Definamos al Estado mexicano como Estado laico. Sería un paso histórico, observó.

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