Ignacio Arellano Mora
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 308 votos el dictamen que establece que los usuarios originarios de pueblos y comunidades indígenas, tienen derecho a obtener en sus lenguas la información necesaria en materia de salud en su lengua.
El dictamen establece que los usuarios tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna, y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud, sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.
El dictamen que se aprobó adiciona un segundo párrafo al artículo 51 Bis 1, de la Ley General de Salud, para establecer que cuando se trate de la atención a los usuarios originarios de pueblos y comunidades indígenas, éstos tendrán derecho a obtener información necesaria en su lengua o variante lingüística de su comunidad.
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