9 de abril de 2014

NAVEGACIÓN SEGURA EN INTERNET, Derechos de menores






  • Obligación de madres y padres a supervisar contenidos de información a la que acceden, afirmó la diputada Núñez Monreal

Por Ignacio Arellano Mora




En sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados, la legisladora Magdalena Núñez Monreal, del Partido del Trabajo (PT), presentó una propuesta de reforma a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, por medio de la cual se obliga a madres, padres y a todas las personas que tengan a su cuidado a menores de edad, que supervisen los contenidos de la información a la que acceden a través de Internet.

La legisladora explicó que la idea es implementar mecanismos de seguridad en los diversos medios electrónicos y una supervisión constante con el propósito de proteger a los infantes de acciones que puedan resultarles dañinas, por lo que se agrega a la ley en mención un capítulo denominado “Del Derecho a la Navegación Segura en Internet”.



En sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados, la legisladora Magdalena Núñez Monreal, del Partido del Trabajo (PT), presentó una propuesta de reforma a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, por medio de la cual se obliga a madres, padres y a todas las personas que tengan a su cuidado a menores de edad, que supervisen los contenidos de la información a la que acceden a través de Internet.

La legisladora explicó que la idea es implementar mecanismos de seguridad en los diversos medios electrónicos y una supervisión constante con el propósito de proteger a los infantes de acciones que puedan resultarles dañinas, por lo que se agrega a la ley en mención un capítulo denominado “Del Derecho a la Navegación Segura en Internet”.

Precisó en especial atención deberán tener sobre la información que haga apología o incite a la violencia, a la guerra, a la comisión de hechos punibles, al racismo, a la desigualdad entre el hombre y la mujer, a la xenofobia, a la intolerancia religiosa y cualquier otro tipo de discriminación.

Asimismo, agregó, a la esclavitud, a la servidumbre, a la explotación de las personas, al uso y consumo de cigarrillos y derivados del tabaco y cualquier otra droga, de bebidas alcohólicas, así como aquéllos de carácter pornográfico.

“Internet es una magnífica herramienta de información, de comunicación y de libertad, pero también, desafortunadamente, se ha convertido en un medio con material pornográfico, de violencia, drogas, abuso, corrupción de menores y para entablar diálogo con personas que pueden engañar a las niñas, niños y adolescentes, por eso hemos propuesto estas modificaciones”, resaltó.

DERECHO A LOS MENORES

Por ello, la Cámara de Diputados aprobó un dictamen para establecer el derecho a los menores a la navegación segura en Internet y la obligación de madres, padres y quienes tengan a su cuidado niñas, niños y adolescentes a supervisar los contenidos de la información a la que acceden.

El dictamen surge de una iniciativa que presentó la legisladora del Partido del Trabajo Magdalena Núñez Monreal, el 14 de agosto de 2013 y adiciona el inciso C. al artículo 11 y un Capítulo V Bis, denominado “Del derecho a la navegación segura en Internet” de la Ley Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Fue aprobado con 404 votos a favor, uno en contra y una abstención y se turna al Senado para su análisis y eventual ratificación.

En su propuesta, la diputada resalta que la difusión del conocimiento y desarrollo vertiginoso de las tecnologías apresuran la evolución de la sociedad, pero aclara que en medio de este progreso científico y tecnológico, las niñas, niños y adolescentes son desprotegidos por las leyes.

Las nuevas tecnologías están siendo una fuente de información para la comisión de delitos graves como la trata, el secuestro, la extorsión; que sí es de alto impacto social en los adultos, el asunto se sobredimensiona para la infancia, añade.

Asegura que de acuerdo con publicaciones especializadas en el tema de seguridad para navegar en Internet, los riesgos a los que se exponen niños y adolescentes cuando navegan libremente, son el acceso a páginas de contenido para adultos con material sexual explícito.

También pueden encontrar contenidos de juegos, apuestas, escenas de violencia, consumo de drogas y alcohol, etcétera.

CORREN RIESGO

Los menores también corren riesgo con personas desconocidas que pueden engañar, seducir, abusar e inclusive desarrollar acciones ilícitas contra ellos, solicitando información personal como nombre, dirección, teléfono, aficiones, datos de la familia, lo que aumenta el peligró de ser víctimas de pederastia o trata.

Recuerda que la mensajería instantánea es el servicio más usado por niños y adolescentes, señala que este medio permite activar la cámara web y dice que no es recomendable su uso.

“Uno de los riesgos más importantes es que cualquier persona puede tomar el control de la computadora a través de la cámara conectada a Internet y entrar a los hogares o ser utilizado por depredadores en línea”, agregó.

En el dictamen se destaca que en el marco jurídico de México, como la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, no existe un apartado relativo al derecho de las y los infantes y adolescentes a una navegación segura de Internet, que les proteja de los riesgos a los que se pueden enfrentar.

El artículo 11 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece las obligaciones de madres, padres y de todas las personas que tengan menores a su cuidado.

El inciso C que se adiciona a ese artículo se plantea “supervisar los contenidos de la información a la que acceden las niñas, niños y adolescentes a través de Internet; utilizando para ello los mecanismos de seguridad de este sistema de información en los diversos medios electrónicos.

“Asimismo, deberán, sin que se considere invasión a su privacidad, tener conocimiento del uso que le dan a los diferentes servicios en la Internet”.

En el “capítulo V Bis Del derecho a la navegación segura en Internet” que se adiciona señala que los menores deberán contar con información adecuada, que sea acorde con su desarrollo integral y a la salud, para el uso o compra de juegos computarizados, electrónicos o multimedia, especialmente de Internet.

También que tienen derecho a recibir, buscar y utilizar información acorde con su desarrollo integral por medios de salas de juegos computarizados, electrónicos o multimedia y de servicios de Internet.

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